POLÍTICA DE CONFLICTO DE INTERESES
I. OBJETIVO.
Establecer los lineamientos para el manejo de situaciones potenciales que represente un conflicto de interés para los colaboradores, de tal forma que sus intereses personales, no influyan en la toma de decisiones de la organización
II. ALCANCE Y DEFINICIÓN.
Aplica para todos los Accionistas, Inversionistas, Consejeros, Directores, Gerentes, empleados fijos y eventuales de Grupo Presidente así como a agentes, representantes, consultores, gestores, facilitadores, outsourcer, y toda persona o empresa que realice operación a nombre de Grupo Presidente.
Definición: El conflicto de interés se presenta en una persona o empresa cuando los intereses personales, familiares o de negocios afectan el desempeño imparcial de las funciones encomendadas en la empresa tanto internamente como con agentes externos.
III. POLÍTICA.
- Todos los Accionistas, Inversionistas, Consejeros, Directores, Gerentes, empleados fijos y eventuales de Grupo Presidente así como a agentes, representantes, consultores, gestores, facilitadores, outsourcer, y toda persona o empresa que realice operación a nombre de Grupo Presidente, deben conducirse con los más altos estándares de integridad y honestidad debiendo evitar cualquier conflicto de interés con la empresa. Deben estar libres de cualquier actividad que interfiera o parezca interferir con el ejercicio de su independencia de criterio sobre el mejor interés de la empresa de Grupo Presidente. Adicionalmente, no se podrán comprometer a ninguna actividad que pueda constituir, contribuir, o suponer un conflicto de interés.
- Queda prohibido que los Accionistas, Inversionistas, Consejeros, Directores, Gerentes, empleados fijos y eventuales de Grupo Presidente así como a agentes, representantes, consultores, gestores, facilitadores, outsourcer, y toda persona o empresa que realice operación a nombre de Grupo Presidente, actúen, se conduzcan o se beneficien a través de la relación que los una con otra empresa competidora o que preste servicios similares o necesarios para la operación del negocio, proveedora de bienes y servicios, o clientes.
- Queda prohibido contratar aquellos negocios de personas físicas o empresas que sean propiedad de los Accionistas, Inversionistas, Consejeros, Directores, Gerentes, empleados fijos y eventuales de Grupo Presidente así como a agentes, representantes, consultores, gestores, facilitadores, outsourcer, y toda persona o empresa que realice operación a nombre de Grupo Presidente o parientes de estos que trabajen para Grupo Presidente, que puedan llegar a afectar las operaciones del Grupo o beneficiar intereses personales, económicos o laborales, así como afectación a la jornada de trabajo.
- En los casos en que algún Accionista, Inversionista, Consejero, Director, Gerente, empleado fijo y eventual de Grupo Presidente, así como a agentes, representantes, consultores, gestores, facilitadores, outsourcer, y toda persona o empresa que realice operación a nombre de Grupo Presidente, tenga posesión directa o indirecta, alguna participación o interés actual en la administración u operación de alguna organización, o bien, planee abrir o participar en algún negocio o empresa personal, deberá informarlo por escrito a su jefe directo con copia al Director del área y al Director Corporativo de Recursos Humanos.
- Se considera conflicto de interés, aquellos casos en los que los Accionistas, Inversionistas, Consejeros, Directores, Gerentes, empleados fijos y eventuales de Grupo Presidente así como a agentes, representantes, consultores, gestores, facilitadores, outsourcer, y toda persona o empresa que realice operación a nombre de Grupo Presidente, tengan algún pariente o familiar trabajando para un competidor directo, algún proveedor de bienes y mercancía o cualquier prestador de servicios de Grupo Presidente y/o o de las empresas subsidiarias de la organización, cuyo puesto pudiera llegar a viciar o afectar las decisiones o actuación del Ejecutivo o Empleado de Grupo Presidente o a la empresa del grupo para la cual trabaje.
- Cualquier de los Accionistas, Inversionistas, Consejeros, Directores, Gerentes, empleados fijos y eventuales de Grupo Presidente así como a agentes, representantes, consultores, gestores, facilitadores, outsourcer, y toda persona o empresa que realice operación a nombre de Grupo Presidente actual o de nueva contratación que se encuentre en alguno de los supuestos anteriores, deberá notificarlo de inmediato por escrito al jefe directo con copia al Director del área y al Director Corporativo de Recursos Humanos para la revisión, determinación a seguir.
- Es obligación de los todos los Accionistas, Inversionistas, Consejeros, Directores, Gerentes, empleados fijos y eventuales de Grupo Presidente así como a agentes, representantes, consultores, gestores, facilitadores, outsourcer, y toda persona o empresa que realice operación a nombre de Grupo Presidente, firmar la Carta Confirmación de no Conflicto de Interés. Deberá ser firmada en forma autógrafa y enviada al Director del área y al Director Corporativo de Recursos Humanos para su revisión y archivo en forma anual.
IV. EXCEPCIONES.
· No hay excepciones a la política.
V. SANCIONES.
· Cualquier incumplimiento a los lineamientos y responsabilidades indicados en esta política serán evaluados y sancionados de acuerdo a las políticas de Grupo Presidente.