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POLÍTICA DE CONFLICTO DE INTERESES

I. Objetivo.

Establecer los lineamientos para el manejo de situaciones potenciales que represente un conflicto de interés para los colaboradores, de tal forma que sus intereses personales, no influyan en la toma de decisiones de la organización

II. Alcance.

Aplica para todos los Accionistas, Consejeros, Directivos y Empleados de Grupo Presidente.

III. Política

1.     Todos los empleados deben conducirse con los más altos estándares de integridad y honestidad debiendo evitar cualquier conflicto de interés con la Empresa. Los empleados deben estar libres de cualquier actividad que interfiera o parezca interferir con el ejercicio de su independencia de criterio sobre el mejor interés de la Empresa. En adición, los Empleados no se podrán comprometer a ninguna actividad que pueda constituir, contribuir, o suponer un conflicto de interés.

2.     Queda prohibido que los Accionistas, Consejeros, Directivos y Empleados actúen, se conduzcan o se beneficien a través de la relación que los una con otra empresa competidora o que preste servicios similares o necesarios para la operación del negocio, proveedora de bienes y servicios, o clientes.

3.     Queda prohibido contratar aquellos negocios de personas físicas o empresas que sean propiedad de los empleados o parientes de estos que trabajen para Grupo Presidente, que puedan llegar a afectar la operaciones del Grupo o beneficiar intereses personales, económicos o laborales, así como afectación a la jornada de trabajo.

4.     En los casos en que algún ejecutivo o empleado tenga posesión directa o indirecta, alguna participación o interés actual en la administración u operación de alguna organización, o bien, planee abrir o participar en algún negocio o empresa personal, deberá informarlo por escrito a su jefe directo con copia al Director del área y al Director Corporativo de Recursos Humanos.

5.     Se considera conflicto de interés, aquellos casos en los que el Empleado tenga algún pariente o familiar trabajando para un competidor directo, algún proveedor de bienes y mercancía o cualquier prestador de servicios de Grupo Presidente y/o o de las empresas subsidiarias de la organización, cuyo puesto pudiera llegar a viciar o afectar las decisiones o actuación del Ejecutivo o Empleado de Grupo Presidente o a la empresa del grupo para la cual trabaje.

6.     Cualquier empleado de Grupo Presidente  actual o de nueva contratación que se encuentre en alguno de los supuestos anteriores, deberá notificarlo de inmediato por escrito al jefe directo con copia al Director del área y al Director Corporativo de Recursos Humanos para la revisión, determinación a seguir.

7.     Es obligación de los todos los empleados de Grupo Presidente firmar la Carta Confirmación de no Conflicto de Interés.  Deberá ser firmada en forma autógrafa y enviada al Director del área y al Director Corporativo de Recursos Humanos para su revisión y archivo en forma anual.

IV. Excepciones.

·       No hay excepciones a la política.

V. Sanciones.

·       Cualquier incumplimiento a los lineamientos y responsabilidades indicados en esta política serán evaluados y sancionados de acuerdo a las políticas de Grupo Presidente.